viernes, 14 de octubre de 2011

ABUSO A MUJERES.

La violencia contra la mujer es todo tipo de violencia ejercida contra la mujer por su condición de mujer. Esta violencia es consecuencia de la histórica posición de la mujer en la familia patriarcal, subordinada al varón, carente de plenos derechos como persona.[1] La violencia contra la mujer presenta numerosas facetas que van desde la discriminación y el menosprecio hasta la agresión física o psicológica y el asesinato. Produciéndose en muy diferentes ámbitos (familiar, laboral, formativo,..), adquiere especial dramatismo en el ámbito de la pareja y doméstico, anualmente decenas o cientos de mujeres son asesinadas a manos de sus parejas en diferentes países del mundo

Al menos una de cada tres mujeres en el mundo ha padecido a lo largo de su vida un acto de violencia de género (maltrato, violación, abuso, acoso,…) Desde diversos organismos internacionales se ha resaltado que este tipo de violencia es la primera causa de muerte o invalidez para las mujeres entre 15 y 44 años

Las Naciones Unidas en su 85ª sesión plenaria, el 20 de diciembre de 1993, ratificó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, en la que se la reconoce como un grave atentado contra los derechos humanos e «insta a que se hagan todos los esfuerzos posibles para que sea [la declaración] universalmente conocida y respetada». Define la violencia contra la mujer en su primer artículo:
A los efectos de la presente Declaración, por "violencia contra la mujer" se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.
Dado que la violencia contra la mujer es mayoritariamente ejercida por los hombres respondiendo a condicionamientos sexistas, se usa el término «violencia machista» para referirse a esta violencia contra la mujer ejercida por el hombre (eso es, la inmensa mayoría). En este caso, es relevante la aportación de la ley autonómica catalana 5/2008 de 24 de abril[5] que define este término y cómo debe abordarlo la administración autonómica catalana.
El término «violencia de género» también es frecuentemente utilizado. Sería una expresión menos concreta y que en cierto modo suaviza la verdadera naturaleza de la violencia contra la mujer.[6] Menos concreta porque se referiría a la violencia practicada desde ambos sexos (si se presupone que existe una violencia específica ejercida por la mujer contra el hombre por razones de sexo); y, en cierto modo, edulcorada, ya que obviaría un factor que no es simétrico, que únicamente es causa en la violencia del hombre contra la mujer: el sentimiento de superioridad y dominación de éste sobre ella y, más extensamente, el machismo. Otro tanto ocurriría con los términos «violencia sexista» y «violencia de pareja».
La expresión violencia de género es la traducción del inglés gender-based violence o gender violence, expresión difundida a raíz del Congreso sobre la Mujer celebrado en Pekín en 1995 bajo los auspicios de la [ONU]. En el inglés se documenta desde antiguo un uso translaticio de gender como sinónimo de sex,[7] sin duda nacido del empeño puritano en evitar este vocablo. Con el auge de los estudios feministas, en los años sesenta del siglo xx se comenzó a utilizar en el mundo anglosajón el término gender con el sentido de «sexo de un ser humano» desde el punto de vista específico de las diferencias sociales y culturales, en oposición a las biológicas, existentes entre hombres y mujeres.[8] En español las palabras tienen género, mientras que los seres vivos tienen sexo. En español no existía tradición de uso de la palabra género como sinónimo de sexo. Mientras que con la voz sexo se designaba una categoría meramente orgánica, biológica, con el término género se ha venido aludiendo a una categoría sociocultural que implica diferencias o desigualdades de índole social, económica, política, laboral, etc. En esa línea se habla de estudios de género, discriminación de género, violencia de género, etc. Y sobre esa base se ha llegado a extender el uso del término género hasta su equivalencia con sexo.[9]
Los términos «violencia familiar» o «violencia intrafamiliar», en sí comprenden la violencia entre todos los miembros de la familia. Con una importante presencia en Sudamérica, se vienen utilizando desde 1988 y 1993 para referirse a la violencia ejercida contra la mujer en el ámbito de la familia, y más concretamente de la pareja, debido a que frecuentemente la violencia ejercida en este ámbito va dirigida contra la mujer. Sería específica de estos casos, y referida a sucesos de violencia contra la mujer en este ámbito no debería ofrecer dudas. De igual modo, desde 1983 también se utiliza «violencia doméstica» ya que resulta común que la violencia contra la mujer aparezca en el ámbito doméstico, aunque, como Raquel Osborne expone en su libro Apuntes sobre violencia de género, oculta la causa y carácter de esta violencia.[10]
Cuando la violencia se da en un pareja no conviviente, suele utilizarse la expresión violencia en el noviazgo
En todo caso, existen controversias sobre la terminología a usar en los marcos legislativo y penal.

    

    

     

       

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